(Asunto T-157/19 Recurso interpuesto el 8 de marzo de 2019 — Şanli/Consejo
Fecha: 08-Mar-2019
Recurso interpuesto el 8 de marzo de 2019 — Şanli/Consejo
(Asunto T-157/19)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Partes
Demandante: Dalokay Şanli (Róterdam, Países Bajos) (representante: D.Gürses, abogado)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/24 del Consejo, de 8 de enero de 2019, y la Decisión (PESC) 2019/25 del Consejo, de 8 de enero de2019.
Condene en costas al Consejo.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante formula seis motivos.
Primer motivo: la inclusión del PKK en la lista ya no está justificada porque el PKK no es ninguna organización terrorista.
Segundo motivo: no procede incluir el nombre del demandante en la lista dado que nunca ha sido condenado por delitos terroristas ni declarado culpable por tales hechos.
Tercer motivo: no se ha acreditado que el demandante llevara a cabo actividades terroristas o que se le pueda relacionar con tales actividades. No se ha acreditado la alegación de que llevara a cabo actividades de reclutamiento y financiación.
Cuarto motivo: se han vulnerado los derechos fundamentales de defensa del demandante y el derecho a la tutela judicial efectiva porque no pudo defenderse contra las falsas imputaciones vertidas contraél.
Quinto motivo: los actos del Consejo impugnados no están suficientemente motivados dado que falta la prueba que sustente la imposición de una sanción.
Sexto motivo: se ha infringido el artículo 1, apartado 4, de la Posición Común 2001/931/PESC puesto que el Consejo no ha presentado informaciones concretas o elementos del expediente que muestren que una autoridad competente ha adoptado una decisión en el sentido de dicho artículo.