(Asunto T-250/19 Recurso interpuesto el 15 de abril de 2019– Tradición CZ/EUIPO – Rivero Argudo (TRADICIÓN CZ, S.L.)
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-250/19 Recurso interpuesto el 15 de abril de 2019– Tradición CZ/EUIPO – Rivero Argudo (TRADICIÓN CZ, S.L.)

Fecha: 15-Abr-2019

Recurso interpuesto el 15 de abril de 2019– Tradición CZ/EUIPO – Rivero Argudo (TRADICIÓN CZ, S.L.)

(Asunto T-250/19)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

Partes

Demandante: Tradición CZ, SL (Jerez de la Frontera, España) (representante: M.Aznar Alonso, abogado)

Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: María Dolores Rivero Argudo (Jerez de la Frontera, España)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte demandante ante el Tribunal General

Marca controvertida: Solicitud de marca de la Unión Europea denominativa TRADICIÓN CZ, S.L. – Solicitud de registro nº14977045

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de febrero de 2019 en el asunto R257/2018-2

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que:

Declare la suspensión del presente procedimiento hasta que recaiga resolución firme en el procedimiento de caducidad frente a la marca oponente 7272594 RIVERO CZ, procedimiento 33785-C, seguido ante la EUIPO.

Declare fundado el primer motivo del recurso y anule la resolución impugnada, declarando la inexistencia de riesgo de confusión entre las marcas confrontadas.

Subsidiaria y acumulativamente, declare fundado el segundo motivo del recurso y anule la resolución impugnada, declarando la inexistencia de riesgo de confusión entre las marcas confrontadas en relación con los servicios de venta de vinagres y mostos en clase 35.

Condene en costas a la EUIPO y a la contraparte en caso de comparecer en el presente procedimiento.

Motivos invocados

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.º2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

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