(Asunto T-330/19 Recurso interpuesto el 31 de mayo de 2019 — PNB Banka y otros/BCE
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-330/19 Recurso interpuesto el 31 de mayo de 2019 — PNB Banka y otros/BCE

Fecha: 31-May-2019

Recurso interpuesto el 31 de mayo de 2019 — PNB Banka y otros/BCE

(Asunto T-330/19)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: PNB Banka AS (Riga, Letonia), CR y CT (representantes: O.Behrends y M.Kirchner, abogados)

Demandada: Banco Central Europeo

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal Generalque:

Anule la decisión del BCE de 21 de marzo de 2019 relativa a la adquisición propuesta de participaciones cualificadas por ellas en el banco destinatario.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan ocho motivos.

Primer motivo, basado en que el plazo de evaluación para el BCE conforme al artículo 22, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE1 expiró antes de la decisión impugnada y en que por tanto ya no le era posible al BCE oponerse a la adquisición propuesta.

Segundo motivo, basado en que el BCE violó el procedimiento establecido conforme al artículo 15 del Reglamento del MUS2 y a los artículos 85 a 87 del Reglamento Marco delMUS.3

Tercer motivo, basado en que la decisión impugnada se basa en una interpretación y aplicación erróneas de los criterios de evaluación conforme al artículo 23 de la Directiva 2013/36/UE y su implementación en Letonia.

Cuarto motivo, basado en que el BCE violó el principio de proporcionalidad.

Quinto motivo, basado en que el BCE no tuvo en cuenta la naturaleza discrecional de la decisión de oponerse a la adquisición propuesta.

Sexto motivo, basado en que el BCE desnaturalizó los hechos pertinentes del asunto.

Séptimo motivo, basado en que el BCE vulneró los principios de confianza legítima y de seguridad jurídica.

Octavo motivo, basado en que el BCE conculcó el principio de nemo auditur al no tener en cuenta su propia responsabilidad por la pérdida de confianza en el proceso normativo.

____________

1 Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO 2013, L176, p.338).2 Reglamento (UE) n.º1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (DO 2013, L287, p.63).3 Reglamento (UE) n.º468/2014 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades nacionales designadas (BCE/2014/17) (DO 2014, L141, p.1).
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