(Asunto T-694/20 Recurso interpuesto el 18 de noviembre de 2020 — Canisius/EUIPO — Beiersdorf (CCLABELLE VIENNA)
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-694/20 Recurso interpuesto el 18 de noviembre de 2020 — Canisius/EUIPO — Beiersdorf (CCLABELLE VIENNA)

Fecha: 18-Nov-2020

Recurso interpuesto el 18 de noviembre de 2020 — Canisius/EUIPO — Beiersdorf (CCLABELLE VIENNA)

(Asunto T-694/20)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Maria Alexandra Canisius (Viena, Austria) (representante: H.Asenbauer, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Beiersdorf AG (Hamburgo, Alemania)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión que incluye el elemento denominativo «CCLABELLE VIENNA» — Solicitud de registro n.º17592461

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 16 de septiembre de 2020 en el asunto R2233/2019-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal Generalque:

Anule parcialmente la resolución impugnada en la parte en que se estimó la oposición por lo que respecta a los bienes de las clases 3y16.

Condene a la recurrida y a Beiersdorf, en el supuesto en que Beiersdorf intervenga en el procedimiento, a cargar con sus propias costas y con las costas de la recurrente.

Desestime la oposición formulada por Beiersdorf a la solicitud de registro n.º17592461 y ordene a la EUIPO a permitir la solicitud (controvertida) de registro n.º17592461 y la registre para todos los bienes y servicios solicitados de las clases 3, 16, y 25 y condene a Beiersdorf a cargar con sus propias costas y con las costas de la recurrente en el procedimiento de oposición.

Motivos invocados

Aplicación incorrecta del artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Aplicación incorrecta del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

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