(Asunto T-761/20 Recurso interpuesto el 20 de diciembre de 2020 — European Dynamics Luxembourg/BCE
Fecha: 20-Dic-2020
Recurso interpuesto el 20 de diciembre de 2020 — European Dynamics Luxembourg/BCE
(Asunto T-761/20)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: European Dynamics Luxembourg SA (Luxemburgo, Luxemburgo) (representante: M.Sfyri, abogada)
Demandada: Banco Central Europeo (BCE)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Anule la decisión del BCE por la que se excluye la oferta de la demandante de los tres lotes de la licitación «Prestación de servicios y trabajos para la instalación de aplicaciones informáticas» PRO-004801 (Lote 1), PRO-005110 (Lote 2) y PRO-005112 (Lote3).
Anule la decisión del Organismo de control de la adjudicación de contratos públicos del BCE por la que se desestimó el recurso de la demandante presentado conforme al procedimiento establecido en la secciónVI.4 del pliego de condiciones de la licitación antes mencionada y conforme a las condiciones establecidas en el artículo 39 de la decisión de adjudicación del BCE (ECB/2016/2).
Anule todas las decisiones subsiguientes del BCE en relación con tales contratos y, en particular, todas las decisiones de adjudicación que no fueron nunca comunicadas a la parte demandante.
Conceda una indemnización con arreglo a los artículos 256TFUE, 268TFUE y 340TFUE por la pérdida de la oportunidad de obtener los contratos o por la pérdida de ingresos correspondiente al beneficio que la demandante habría obtenido si hubiera celebrado los contratos y en concepto de indemnización por el perjuicio moral sufrido.
Condene a la parte demandada a cargar con las costas de la parte demandante y con los demás gastos en los que incurrió en el presente procedimiento.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
Primer motivo, basado en que la demandada incurrió en varios errores manifiestos de apreciación.
Segundo motivo, basado en que la demandada introdujo criterios nuevos, vagos y desconocidos en la fase de evaluación de las ofertas.
Tercer motivo, basado en que la demandada también incurrió en desviación de poder.