(Asunto T-139/20 Recurso interpuesto el 26 de febrero 2020 — Applia/Comisión
Fecha: 26-Feb-2020
Recurso interpuesto el 26 de febrero 2020 — Applia/Comisión
(Asunto T-139/20)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Applia — Home Appliance Europe (Woluwe-Saint-Lambert, Bélgica) (representantes: Y.Desmedt, L.Salernitano y K.Olsthoorn, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Anule las siguientes partes del acto impugnado: (i)los artículos 1, letrab), y 2, letrab), del anexoVI en la parte en que disponen que «estos valores se consideran los valores declarados a efectos del procedimiento de verificación del anexoIX»; (ii)el apartado 2, letraa), del anexoIX en la parte en que dispone que los «valores declarados» se corresponderán con «los valores indicados en la documentación técnica», y (iii)el apartado 2, letrab), del anexoIX.
Anule el cuadro 9 («Tolerancias de verificación») del anexoIX en la parte que contiene parámetros que están incluidos en el anexoVI y no están enumerados en el anexoV, a saber: «EW full, EW,½, EW,¼, EWD,full, EWD,½» y «WW,full, WW,½ WW, ¼, WWD,full, WWD,½».
Condene en costas a la Comisión.
Motivos y principales alegaciones
Mediante el recurso, la demandante solicita la anulación del Reglamento Delegado (UE) 2019/2014 de la Comisión.1
En apoyo del recurso, la demandante invoca dos motivos.
Primer motivo, basado en que el acto impugnado infringe los artículos 3, 12 y 16 del Reglamento Marco2 y en que la Comisión actuó ultra vires al introducir requisitos incoherentes en relación con la documentación técnica que los proveedores tienen que subir a la base de datos y con el procedimiento de verificación a efectos de la vigilancia del mercado que las autoridades están facultadas para realizar.
Segundo motivo, basado en que el acto impugnado viola los principios de seguridad jurídica y de igualdad de trato porque no establece un marco regulatorio claro e inequívoco, lo que pone a los proveedores en la imposibilidad de determinar sus obligaciones por lo que respecta a los datos que han de facilitarse en la documentación técnica y al procedimiento de verificación aplicable para evaluar la exactitud de los datos.