(Asunto T-139/20 Recurso interpuesto el 26 de febrero 2020 — Applia/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-139/20 Recurso interpuesto el 26 de febrero 2020 — Applia/Comisión

Fecha: 26-Feb-2020

Recurso interpuesto el 26 de febrero 2020 — Applia/Comisión

(Asunto T-139/20)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Applia — Home Appliance Europe (Woluwe-Saint-Lambert, Bélgica) (representantes: Y.Desmedt, L.Salernitano y K.Olsthoorn, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule las siguientes partes del acto impugnado: (i)los artículos 1, letrab), y 2, letrab), del anexoVI en la parte en que disponen que «estos valores se consideran los valores declarados a efectos del procedimiento de verificación del anexoIX»; (ii)el apartado 2, letraa), del anexoIX en la parte en que dispone que los «valores declarados» se corresponderán con «los valores indicados en la documentación técnica», y (iii)el apartado 2, letrab), del anexoIX.

Anule el cuadro 9 («Tolerancias de verificación») del anexoIX en la parte que contiene parámetros que están incluidos en el anexoVI y no están enumerados en el anexoV, a saber: «EW full, EW,½, EW,¼, EWD,full, EWD,½» y «WW,full, WW,½ WW, ¼, WWD,full, WWD,½».

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

Mediante el recurso, la demandante solicita la anulación del Reglamento Delegado (UE) 2019/2014 de la Comisión.1

En apoyo del recurso, la demandante invoca dos motivos.

Primer motivo, basado en que el acto impugnado infringe los artículos 3, 12 y 16 del Reglamento Marco2 y en que la Comisión actuó ultra vires al introducir requisitos incoherentes en relación con la documentación técnica que los proveedores tienen que subir a la base de datos y con el procedimiento de verificación a efectos de la vigilancia del mercado que las autoridades están facultadas para realizar.

Segundo motivo, basado en que el acto impugnado viola los principios de seguridad jurídica y de igualdad de trato porque no establece un marco regulatorio claro e inequívoco, lo que pone a los proveedores en la imposibilidad de determinar sus obligaciones por lo que respecta a los datos que han de facilitarse en la documentación técnica y al procedimiento de verificación aplicable para evaluar la exactitud de los datos.

____________

1 Reglamento Delegado (UE) 2019/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, por el que se complementa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de las lavadoras domésticas y las lavadoras-secadoras domésticas y por el que se derogan el Reglamento Delegado (UE) n.º1061/2010 y la Directiva 96/60/CE de la Comisión (DO 2019, L315, p.29).2 Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017, por el que se establece un marco para el etiquetado energético y se deroga la Directiva 2010/30/UE (DO 2017, L198, p.1).
Vista, DOCUMENTO COMPLETO