(Asunto T-159/20 Recurso interpuesto el 23 de marzo de 2020 — JB/Cedefop
Fecha: 23-Mar-2020
Recurso interpuesto el 23 de marzo de 2020 — JB/Cedefop
(Asunto T-159/20)
Lengua de procedimiento: griego
Partes
Demandante: JB (representante: V.Christianos, abogado)
Demandada: Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Anule la decisión implícita desestimatoria del Cedefop de 19 de enero de2020.
Condene al Cedefop a pagar a la demandante un importe total de 442276,78euros.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.
Primer motivo, basado en la infracción del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Segundo motivo, basado en la vulneración del derecho a una buena administración en lo que atañe al examen de la solicitud de indemnización de la demandante por parte de un funcionario del Cedefop, que era testigo de cargo — infracción del artículo 11bis del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto»).
Tercer motivo, basado en la violación de la presunción de inocencia en relación con el examen de la solicitud presentada por la demandante con arreglo al artículo 90, apartado 1, del Estatuto, como confirma la decisión implícita por la que se desestima la reclamación presentada conforme a lo establecido en el artículo 90, apartado 2, del Estatuto.
Cuarto motivo, basado en el hecho de que la parte demandada minusvaloró profesionalmente a la demandante y decidió no promoverla, contraviniendo así las disposiciones del Estatuto y vulnerando el principio de imparcialidad.