(Asunto T-298/20 Recurso interpuesto el 22 de mayo de 2020 — KD/EUIPO
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-298/20 Recurso interpuesto el 22 de mayo de 2020 — KD/EUIPO

Fecha: 22-May-2020

Recurso interpuesto el 22 de mayo de 2020 — KD/EUIPO

(Asunto T-298/20)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: KD (representantes: S.Pappas y N.Kyriazopoulou, abogados)

Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule el informe de evaluación relativo al período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019, realizado por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea y notificado a la demandante el 11 de marzo de2020.

Condene a la demandada a pagar a la demandante un importe de 3000euros en concepto de indemnización del daño moral sufrido como consecuencia del informe de evaluación.

Condene a la demandada a cargar con las costas del presente procedimiento, incluidas las efectuadas por la demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

Primer motivo, basado en el supuesto incumplimiento de la obligación de motivación, dado que el informe de evaluación contiene comentarios menos favorables que los de los informes anteriores sin justificación, lo que es constitutivo de un error de hecho, con la consecuencia de privar a la demandante de poder ejercer su derecho de defensa.

Segundo motivo, basado en el supuesto incumplimiento del deber de diligencia, al no haber tomado en consideración la implementación exitosa de varios proyectos por parte de la demandante, ni su motivación y disponibilidad para trabajar, pese a sus problemas familiares y de salud.

Tercer motivo, basado en un error manifiesto de apreciación en lo que respecta a la incoherencia entre los comentarios y la calificación y a la no consideración de todos los criterios aplicables.

Por lo que respecta a la reclamación de una indemnización del daño moral, la demandante fundamenta esta pretensión en la aparición de sentimientos de angustia, ansiedad e injusticia derivados de la ilegalidad del informe impugnado.

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