(Asunto T-397/20 Recurso interpuesto el 26 de junio de 2020 — Allergan Holdings France/EUIPO— Dermavita Company (JUVEDERM)
Fecha: 26-Jun-2020
Recurso interpuesto el 26 de junio de 2020 — Allergan Holdings France/EUIPO— Dermavita Company (JUVEDERM)
(Asunto T-397/20)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Allergan Holdings France SAS (Courbevoie, Francia) (representantes: J.Day, Solicitor, y T.de Haan, abogado)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Dermavita Company SARL (Beirut, Líbano)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General
Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «JUVEDERM» — Marca de la Unión n.º2196822
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad
Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 14 de abril de 2020 en el asunto R877/2019-4
Pretensiones
La parte recurrente solicita al Tribunal Generalque:
Anule los apartados 3 y 4 de la parte dispositiva de la resolución en la medida en que desestima el recurso del demandante contra la revocación de su registro de marca de la Unión n.º2196822 JUVEDERM para «implantes cutáneos», y condena a la recurrente al pago de sus costas.
Condene a la EUIPO y a Dermavita Company Ltd al pago de sus costas y las de la parte recurrente, incluyendo las incurridas por la recurrente ante la Sala Cuarta de Recurso.
Motivos invocados
Infracción del artículo 58, apartado 1, letraa), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Infracción del artículo 64, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.