(Asunto T-529/20 Recurso interpuesto el 21 de agosto de 2020– LR/BEI
Fecha: 21-Ago-2020
Recurso interpuesto el 21 de agosto de 2020– LR/BEI
(Asunto T-529/20)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: LR (representante: Á.Gómez de la Cruz Pérez, abogado)
Demandada: Banco Europeo de Inversiones (BEI)
Pretensiones
El demandante solicita al Tribunal General que:
anule la decisión de la demandada de 9de enero de 2020, rechazando la solicitud del demandante de la indemnización de reinstalación con ocasión del traslado a su centro de interés una vez finalizada la relación contractual de trabajo con la demandada, así como la decisión de 15de mayo de 2020 de rechazo de la reclamación administrativa del demandante de 19de febrero contra la decisión de la demandada de 9de enero de 2020.
anule la decisión de la demandada de 15de mayo de 2020 de rechazar la solicitud del demandante de 19de febrero de 2020 de reconocerle el derecho a la indemnización de reinstalación si el Tribunal General de la Unión europea o el Tribunal de Justicia de la Unión europea reconocían ese derecho a los demandantes en el asunto T-387/19, DF y DG/BEI.
condene a la demandada al pago de la indemnización de reinstalación, aumentada por el interés moratorio calculado al tipo del Banco Central europeo aumentado en dos puntos, hasta el completo pago de la indemnización.
condene a la demandada a la totalidad de las costas y gastos del procedimiento.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, el demandante invoca cinco motivos.
Primer motivo, basado en el error manifiesto de Derecho.
Se afirma a este respecto que la nueva interpretación desde 2017 de la excepción prevista en el Artículo 13,1 de las disposiciones Administrativas del BEI incurre en error manifiesto de Derecho y viene contra sus actos propios.
Segundo motivo, basado en la violación de la obligación de consulta a los Representantes de Personal.
Se afirma a este respecto que la nueva interpretación equivale a un procedimiento legislativo encubierto adoptado por órgano incompetente, con inexistencia de formas y procedimiento, en el que no se ha consultado a la Representación de Personal.
Tercer motivo, basado en la violación de los principios de proporcionalidad, derechos adquiridos, confianza legítima y en la ausencia de régimen transitorio.
Cuarto motivo, basado en violación del principio de no discriminación.
Quinto motivo, basado en la violación del deber de protección y del principio de buena administración.