(Asunto T-14/21 Recurso interpuesto el 15 de enero de 2021 — Ryanair/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-14/21 Recurso interpuesto el 15 de enero de 2021 — Ryanair/Comisión

Fecha: 15-Ene-2021

Recurso interpuesto el 15 de enero de 2021 — Ryanair/Comisión

(Asunto T-14/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Ryanair DAC (Swords, Irlanda) (representantes: E.Vahida, F.Laprévote, V.Blanc, S.Rating e I.Metaxas-Maranghidis, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la Decisión (UE) de la Comisión Europea de 21 de agosto de 2020 de Ayuda de Estado SA.57544(2020/N) — Bélgica COVID-19: Ayuda a Brussels Airlines.

Condene en costas a la Comisión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos:

Primer motivo: la Comisión aplicó erróneamente su Marco Temporal al concluir que el préstamo concedido a Brussels Airlines cumplía con dicho Marco y que Brussels Airlines podía optar a ayudas a la recapitalización, al no evaluar si existían otras medidas que fueran más adecuadas y falsearan menos la competencia que la recapitalización, concluir que el importe de la recapitalización era proporcionado y no imponer a Brussels Airlines una prohibición efectiva de expansión agresiva.

Segundo motivo: la Comisión Europea aplicó erróneamente el artículo 107TFUE, apartado 3, letrab), al concluir que la ayuda tiene por objeto una perturbación seria de la economía belga y al incumplir su obligación de ponderar los efectos positivos de la ayuda y los efectos negativos que tiene en las condiciones de los intercambios comerciales y en el mantenimiento de la libre competencia («prueba de sopesamiento»).

Tercer motivo: la Decisión viola los principios generales de igualdad, libre prestación de servicios y libertad de establecimiento.

Cuarto motivo: la Comisión Europea no incoó el procedimiento de investigación formal, pese a las serias dificultades que concurrían, y vulneró los derechos procedimentales de la parte demandante.

Quinto motivo: la Comisión Europea incumplió su obligación de motivación.

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