(Asunto T-40/21 Recurso interpuesto el 25 de enero de 2021 — Eslovaquia/Comisión
Fecha: 25-Ene-2021
Recurso interpuesto el 25 de enero de 2021 — Eslovaquia/Comisión
(Asunto T-40/21)
Lengua de procedimiento: eslovaco
Partes
Demandante: República Eslovaca (representante: B.Ricziová, agente)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:
Anule la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1734 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2020, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader),1 por cuanto aplica a la República Eslovaca una corrección financiera relativa a la medida «Ayudas directas disociadas» para el ejercicio presupuestario 2016 (correspondiente a los años de solicitud 2013 y 2014) por un importe total de 19656905,11euros.
Condene en costas a la Comisión Europea.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la demandante invoca un motivo único, basado en la infracción del artículo 52, apartado 4, letraa), del Reglamento (UE) n.º1306/2013,2 en relación con el artículo 34, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) n.º908/2014,3 al considerar que en cuanto respecta a la República Eslovaca se han vulnerado las garantías procesales conferidas por esta disposición.
En el motivo invocado, la demandante alega que mediante la Decisión de Ejecución 2020/1734 la Comisión excluye el importe de 19656905,11euros sufragado por la República Eslovaca en el marco del FEAGA de la financiación de la Unión Europea, correspondiente a una parte de la corrección financiera relativa a la medida «Ayudas directas disociadas» para el ejercicio presupuestario de 2016 [régimen de pago único por superficie — deficiencias en la actualización del SIP, calidad de los controles sobre el terreno (CST) y tramitación de recuperaciones — año de solicitud 2015]. A juicio de la demandante, dicho importe corresponde a los años de solicitud 2013 y 2014, que no fueron objeto de investigación.