(Asunto T-52/21 Recurso interpuesto el 25 de enero de 2021 — ClientEarth/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-52/21 Recurso interpuesto el 25 de enero de 2021 — ClientEarth/Comisión

Fecha: 25-Ene-2021

Recurso interpuesto el 25 de enero de 2021 — ClientEarth/Comisión

(Asunto T-52/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ClientEarth AISBL (Bruselas, Bélgica) (representantes: O.Brouwer, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la decisión implícita de la demandada de 16 de noviembre de 2020 de denegar el acceso a ciertos documentos solicitados relacionados con controles de las actividades pesqueras con arreglo al Reglamento (CE) n.º1049/20011 y Reglamento (CE) n.º1367/2006.2

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

Para fundamentar su recurso, la demandante invoca un único motivo en el que alega que al no haberle remitido la demandada una decisión expresa en relación con su solicitud de acceso, en los plazos establecidos para la tramitación de las solicitudes confirmatorias reguladas en el artículo 8, apartados 1 y 2, del Reglamento 1049/2001, la demandada denegó implícitamente el acceso en el sentido del artículo 8, apartado 3. Se aduce que esa decisión denegatoria implícita no se motivó y, por ello, la demandante afirma que debe anularse porque la Comisión incumplió la obligación de motivación que le incumbe con arreglo al artículo 8, apartado 1, del Reglamento 1049/2001, al artículo 41, apartado 2, tercer guion, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y al artículo 296TFUE.

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1 Reglamento (CE) n.º1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L145, p.43).2 Reglamento (CE) n.º1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO 2006, L264, p.13).
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