(Asunto T-714/21 Recurso interpuesto el 4 de noviembre de 2021 — AL/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-714/21 Recurso interpuesto el 4 de noviembre de 2021 — AL/Comisión

Fecha: 04-Nov-2021

Recurso interpuesto el 4 de noviembre de 2021 — AL/Comisión

(Asunto T-714/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: AL (representante: R.Rata, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Principalmente, anule la Decisión de la demandada de 4 de agosto de 2021 [ref. Ares (2021)4962656] en respuesta a la reclamación en el sentido del artículo 90, apartado 2, presentada por el demandante el 9 de abril de 2021 contra la Decisión de la PMO de 11 de enero de 2021.1

Condene a la demandada a divulgar y presentar: i)la prueba documental en relación con el cálculo que subyacía a la Decisión de la PMO de 21 de noviembre de 2019; ii)el texto íntegro de la «respuesta de la DG Recursos Humanos a otra reclamación», mencionada parcialmente por la PMO en el correo electrónico de 8 de octubre de2020.

Condene a la demandada a que determine el coste del mantenimiento asumido correspondiente al período comprendido entre el 1 de noviembre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 basado en la residencia en Bélgica de la madre del demandante.

Condene a la demandada a pagar la asignación por su madre asimilada a un hijo correspondiente al período comprendido entre el 1 de noviembre de 2020 y el 30 de septiembre de2021.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula dos motivos.

Primer motivo, basado en la infracción por la demandada del artículo 2, apartado 4, del anexoVII del Estatuto de los Funcionarios y de la Decisión de la Comisión de 15 de abril de 2014 sobre disposiciones generales de aplicación relativas a las personas asimiladas a hijos a cargo, en la medida en que, al calcular el coste de la pensión alimenticia de la madre del demandante, la demandada apreció indebidamente que el lugar de residencia de la madre del demandante se ubicaba en Rumanía y no en Bélgica. Además, la Comisión incurrió en error al determinar el coste de la pensión alimenticia de la madre del demandante en el 50% del sueldo base de un funcionario que se sitúe en el primer escalón del grado AST1, corregido con el coeficiente del país relativo a Rumanía, dado que la madre del demandante residía permanentemente en casa del demandante y, al ser así, debería haberse considerado el 40% de ese sueldo base (sin corrección).

Segundo motivo, basado en infracción del artículo 85 del Estatuto de los Funcionarios, en la medida en que el demandante ni desconocía que no había causa justificada alguna para el pago de la asignación equivalente correspondiente al período comprendido entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020, ni el pago excesivo era tan manifiesto que él no hubiese podido conocerlo.

1 Nota de la redacción: la decisión impugnada se refiere al pago de los complementos familiares con arreglo al artículo 2, apartado 4, del anexoVII del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea.

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