(Asunto T-138/21 Recurso interpuesto el 4 de marzo de 2021 — Virbac/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-138/21 Recurso interpuesto el 4 de marzo de 2021 — Virbac/Comisión

Fecha: 04-Mar-2021

Recurso interpuesto el 4 de marzo de 2021 — Virbac/Comisión

(Asunto T-138/21)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Virbac (Carros, Francia) (representantes: M.Thill-Tayara, S.Pelé y L.Bary, abogadas)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal Generalque:

Anule la Decisión de Ejecución C(2020)7930 final de la Comisión, de 10 de noviembre de 2020, relativa a la autorización de comercialización del medicamento de uso veterinario «Librela — bedinvetmab», publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 30 de diciembre de 2020 (DO 2020, C453, p.1), en cuanto fue adoptada infringiendo el artículo 37 del Reglamento (CE) n.º726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos.

Anule la Decisión de Ejecución C(2020)7930 final de la Comisión, de 10 de noviembre de 2020, relativa a la autorización de comercialización del medicamento de uso veterinario «Librela — bedinvetmab», publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 30 de diciembre de 2020 (DO 2020, C453, p.1), en cuanto fue adoptada infringiendo el artículo 31 del Reglamento (CE) n.º726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos.

Anule la Decisión de Ejecución C(2020)7930 final de la Comisión, de 10 de noviembre de 2020, relativa a la autorización de comercialización del medicamento de uso veterinario «Librela — bedinvetmab», publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 30 de diciembre de 2020 (DO 2020, C453, p.1), en cuanto fue adoptada infringiendo el artículo 102TFUE y vulnera los principios de efecto útil, de legalidad y de buena administración que debe observar la Comisión Europea.

Condene a la Comisión Europea a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

Primer motivo, basado en una infracción del artículo 37 del Reglamento (CE) n.º726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos (DO 2004, L136, p.1), en la medida en que la Decisión impugnada autoriza la comercialización en el mercado europeo de Librela®, a pesar de que la seguridad y la eficacia de dicho producto no están demostradas de forma adecuada y suficiente con arreglo a esta norma.

Segundo motivo, basado en la violación del artículo 31 del Reglamento (CE) n.º726/2004 antes citado, en la medida en que la Decisión impugnada no se ajusta a las normas relativas a la redacción del resumen de las características del producto, que deberían haber conducido a la Comisión Europea a constatar que la advertencia especial formulada respecto de Librela® relativa al efecto de los anticuerpos antimedicamentos es excesivamente genérica e imprecisa.

Tercer motivo, basado en la vulneración del efecto útil del artículo 102TFUE y de los principios de legalidad y de buena administración, en la medida en que la Decisión impugnada da lugar a un abuso de posición dominante cometido por el grupo Zoetis en relación con el abandono del desarrollo del producto competidor de Librela®, autorizado a la parte demandante.

____________

Vista, DOCUMENTO COMPLETO