(Asunto T-183/21 Recurso interpuesto el 7 de abril de 2021 — QP y otros/Consejo y otros
Fecha: 07-Abr-2021
Recurso interpuesto el 7 de abril de 2021 — QP y otros/Consejo y otros
(Asunto T-183/21)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandantes: QP y otros 15demandantes (representante: N.de Montigny, abogada)
Demandadas: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal Generalque:
Con carácter principal:
Por lo que atañe a la relación de empleo:
Para todas las partes demandantes:
Recalifique la relación contractual de las partes demandantes como contrato de empleo por tiempo indefinido.
Condene a las partes demandadas a indemnizar a las partes demandantes por la falta de afiliación a un régimen de seguridad social nacional, por un importe que se determinará sobre la base de la normativa aplicable.
Las condene a abonarles los intereses sobre dichos importes.
Señale un plazo a las partes para determinar dicha indemnización que deberá establecerse sobre la base de la normativa aplicable en la materia, según los principios que considere el Tribunal en la resolución que adoptará.
Para las partes demandantes cuya relación contractual llegó a su fin mediante decisión unilateral de las partes demandadas:
Condene a las partes demandadas a abonar una indemnización compensatoria de preaviso:
Demandante QP: 42092,50euros.
Demandante QT: 69880,54euros.
Demandante QU: 53749,17euros.
Demandante QV: 57159,69euros.
Demandante QY: 63298,15euros.
Demandante RB: 55303,02euros.
Demandante RD: 55373,64euros.
Demandante RF: 40201,21euros.
Condene a las partes demandadas a abonar a cada una de las partes demandantes siguientes una indemnización por despido ilegal evaluada ex aequo et bono en 12500euros por año de antigüedad.
Condene a las partes demandadas a abonar a cada una de las partes demandantes QP, QR, QS, QT, QU, QV, QW, QY, QZ, RA, RB, RC, RD y RE la diferencia de remuneración insuficientemente percibida a partir de la fecha de reclasificación salarial llevada a cabo el 1 de septiembre de2012.
Las condene a abonarles los intereses sobre estos importes.
En cuanto a los demás derechos:
Declare que las partes demandantes deberían haber sido contratadas como agentes temporales de una de las tres primeras partes demandadas y que las tres primeras partes demandadas trataron a las partes demandantes de forma ilegal y discriminatoria, sin justificación objetiva, en lo que se refiere a su remuneración, sus derechos a pensión y ventajas relativas, así como en lo que se refiere a la garantía de un empleo posterior.
Condene a las tres primeras partes demandadas a indemnizar a cada una de las partes demandantes por el daño sufrido por la falta de aplicación de las remuneraciones, derechos a pensión, indemnizaciones y ventajas derivadas de la aplicación del Régimen Aplicable a los otros Agentes de la Unión Europea, ocasionada por la diferencia de trato ilegal.
Las condene a abonar los intereses sobre dichos importes.
Señale un plazo a las partes para que evalúen dicha indemnización teniendo en cuenta el grado y el escalón en los cuales las partes demandantes habrían podido ser contratadas, respectivamente, el progreso medio de la remuneración, la evolución de sus respectivas carreras, las ayudas que habrían podido percibir en virtud de dichos contratos de agente temporal y comparar los resultados obtenidos con la remuneración efectivamente percibida por las partes demandantes.
Con carácter subsidiario:
Condene a las tres primeras partes demandadas a indemnizar a las partes demandantes por su responsabilidad extracontractual al no haber respetado sus derechos fundamentales, por un importe evaluado ex aequo et bono en 20000euros por año de antigüedad.
Las condene a abonarles los intereses sobre estos importes.
Escuche a las partes demandadas condenadas en costas.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan siete motivos.
Primer motivo, basado en el abuso de derecho en la utilización sucesiva de contratos de duración determinada y en la violación del principio de proporcionalidad. Las partes demandantes invocan la aplicación del Derecho material aplicable a sus contratos y solicitan la recalificación de sus contratos de trabajo en el seno de las instituciones en contratos de trabajo por tiempo indefinido, así como al pago con carácter retroactivo de sus derechos sociales y, para algunos de ellos, el pago de una indemnización compensatoria de preaviso.
Segundo motivo, basado en la violación del principio de igualdad de trato y de no discriminación. Las partes demandantes estiman que el marco jurídico que las partes demandadas han instaurado relativo a la celebración de contratos individuales de trabajo internacionales es, por una parte, discriminatorio con respecto a las condiciones de contrato de los otros agentes de la Unión, por otro lado, poco claro y, por último, contrario a las normas de orden público europeo, incluidos los valores y principios consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Tercer motivo, basado en el menoscabo del derecho a seroído.
Cuarto motivo, basado en la inseguridad jurídica y en el menoscabo del derecho a una buena administración.
Quinto motivo, basado en la violación del principio de consulta de los representantes del personal.
Sexto motivo, basado en la infracción del Código europeo de buena conducta administrativa.
Séptimo motivo, basado en el menoscabo del derecho a la libre circulación de los trabajadores.