(Asunto T-338/21 Recurso interpuesto el 18 de junio de 2021 — F I S I/EUIPO — Verband der Deutschen Daunen- und Federnindustrie (ECODOWN)
Fecha: 18-Jun-2021
Recurso interpuesto el 18 de junio de 2021 — F I S I/EUIPO — Verband der Deutschen Daunen- und Federnindustrie (ECODOWN)
(Asunto T-338/21)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano
Partes
Recurrente: F I S I Fibre sintetiche SpA (Oggiono, Italia) (representantes: G.Cartella y B.Cartella, abogados)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Verband der Deutschen Daunen- und Federnindustrie (Maguncia, Alemania)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General
Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «ECODOWN» — Marca de la Unión n.º2756740
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad
Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 13 de abril de 2021 en el asunto R216/2020-1
Pretensiones
La parte recurrente solicita al Tribunal Generalque:
Anule la resolución impugnada.
En consecuencia, se pronuncie sobre el fondo del litigio declarando la validez del registro de la marca de la Unión n.º2756740.
Condene a la otra parte en el procedimiento a pagar todas las costas del procedimiento, incluidas las costas del procedimiento sustanciado ante la EUIPO.
Motivos invocados
Infracción del artículo 7, apartado 1, letrac), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Infracción del artículo 7, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Infracción del artículo 7, apartado 1, letrag), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Apreciación errónea de las pruebas aportadas por la recurrente en relación con el carácter distintivo adquirido por el signo por eluso.