(Asunto T-336/16 Sentencia del Tribunal General de 5 de octubre de 2017 — Versace 19.69 Abbigliamento Sportivo/EUIPO — Gianni Versace (VERSACE 19.69 ABBIGLIAMENTO SPORTIVO)
Fecha: 05-Oct-2017
Sentencia del Tribunal General de 5 de octubre de 2017 — Versace 19.69 Abbigliamento Sportivo/EUIPO — Gianni Versace (VERSACE 19.69 ABBIGLIAMENTO SPORTIVO)
(Asunto T-336/16)1
[«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca figurativa de la Unión VERSACE 19.69 ABBIGLIAMENTO SPORTIVO— Marca denominativa anterior de la Unión VERSACE— Uso efectivo de la marca anterior— Artículo 42, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º207/2009— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Similitud entre los signos— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento n.º207/2009»]
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Recurrente: Versace 19.69 Abbigliamento Sportivo Srl (Busto Arsizio, Italia) (representantes: inicialmente F.Caricato, posteriormente M.Cartella y B.Cartella, abogados)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: L.Rampini, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Gianni Versace SpA (Milán, Italia) (representante: M.Francetti, abogado)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 6 de abril de 2016 (asunto R1005/2015-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Gianni Versace y Versace 19.69 Abbigliamento Sportivo.
Fallo
Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 6 de abril de 2016 (asunto R1005/2015-1), por cuanto la Sala de Recurso concluyó que existía un uso efectivo de la marca denominativa anterior de la Unión VERSACE para «productos textiles» (no incluidos en otras clases), diferentes de la «ropa de hogar», comprendidos en la clase24.
Desestimar el recurso en todo lo demás.
Versace 19.69 Abbigliamento Sportivo Srl cargará, además de con sus propias costas, con la mitad de las de la EUIPO.
La EUIPO cargará con la mitad de sus propias costas.
Gianni Versace SpA cargará con sus propias costas.