(Asunto C-422/16 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 14 de junio de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Trier — Alemania) — Verband Sozialer Wettbewerb eV / TofuTown.com GmbH
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-422/16 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 14 de junio de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Trier — Alemania) — Verband Sozialer Wettbewerb eV / TofuTown.com GmbH

Fecha: 14-Jun-2017

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 14 de junio de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Trier — Alemania) — Verband Sozialer Wettbewerb eV / TofuTown.com GmbH

(Asunto C-422/16)1

[Procedimiento prejudicial— Organización común de mercados de los productos agrícolas— Reglamento (UE) n.º1308/2013— Artículo 78 y anexoVII, parteIII— Decisión 2010/791/UE— Definiciones, designaciones y denominaciones de venta— «Leche» y «productos lácteos»— Denominaciones utilizadas para la promoción y comercialización de alimentos puramente vegetales]

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Trier

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Verband Sozialer Wettbewerb eV

Demandada: TofuTown.com GmbH

Fallo

El artículo 78, apartado 2, y el anexoVII, parteIII, del Reglamento (UE) n.º1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º922/72, (CEE) n.º234/79, (CE) n.º1037/2001 y (CE) n.º1234/2007 del Consejo, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que la denominación «leche» y las denominaciones que este Reglamento reserva exclusivamente a los productos lácteos se utilicen para designar, en la comercialización o en la publicidad, un producto puramente vegetal, aun cuando esas denominaciones se completen con menciones explicativas o descriptivas que indiquen el origen vegetal del producto en cuestión, salvo que el producto esté enumerado en el anexoI de la Decisión 2010/791/UE de la Comisión, de 20 de diciembre de 2010, por la que se establece la lista de productos a que hace referencia el anexoXII, puntoIII, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento n.º1234/2007.

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1 DO C350 de 26.9.2016.
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