(Asunto C-478/17 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 4 de octubre de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Cluj — Rumanía) — IQ/JP
Fecha: 04-Oct-2018
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 4 de octubre de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Cluj — Rumanía) — IQ/JP
(Asunto C-478/17)1
[Procedimiento prejudicial— Cooperación judicial en materia civil— Competencia en materia de responsabilidad parental— Reglamento (CE) n.º2201/2003— Artículo15— Remisión a un órgano jurisdiccional mejor situado para conocer del asunto— Ámbito de aplicación— Artículo19— Litispendencia]
Lengua de procedimiento: rumano
Órgano jurisdiccional remitente
TribunalulCluj
Partes en el procedimiento principal
Demandante:IQ
Demandada:JP
Fallo
El artículo 15 del Reglamento (CE) n.º2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º1347/2000, debe interpretarse en el sentido de que no es aplicable en una situación como la examinada en el litigio principal, en la que los dos órganos jurisdiccionales a los que se ha sometido el asunto son competentes para conocer del fondo del mismo en virtud, respectivamente, de los artículos 12 y 8 de dicho Reglamento.