(Asunto C-484/17 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 7 de noviembre de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — K / Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-484/17 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 7 de noviembre de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — K / Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie

Fecha: 07-Nov-2018

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 7 de noviembre de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — K / Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie

(Asunto C-484/17)1

(Procedimiento prejudicial— Directiva 2003/86/CE— Derecho a la reagrupación familiar— Artículo15— Denegación de un permiso de residencia autónomo— Normativa nacional que establece la obligación de superar un examen de integración cívica)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Raad van State

Partes en el procedimiento principal

Demandante: K

Demandada: Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie

Fallo

El artículo 15, apartados 1 y 4, de la Directiva 2003/86, de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación familiar, no se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que permite denegar una solicitud de permiso de residencia autónomo, presentada por un nacional de un país tercero que ha residido más de cinco años en el territorio de un Estado miembro por razones de reagrupación familiar, por no justificar haber superado un examen de integración cívica sobre la lengua y la sociedad de dicho Estado miembro, siempre que las disposiciones concretas que regulan la obligación de aprobar ese examen no exijan más de lo necesario para lograr el objetivo de facilitar la integración de los nacionales de terceros países, extremo que debe comprobar el tribunal remitente.

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1 DO C374 de 6.11.2017.
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