(Asunto T-558/15 Sentencia del Tribunal General de 13 de diciembre de 2018 — Iran Insurance/Consejo
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-558/15 Sentencia del Tribunal General de 13 de diciembre de 2018 — Iran Insurance/Consejo

Fecha: 13-Dic-2018

Sentencia del Tribunal General de 13 de diciembre de 2018 — Iran Insurance/Consejo

(Asunto T-558/15)1

[«Responsabilidad extracontractual— Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas contraIrán— Congelación de fondos— Inclusión y mantenimiento del nombre de la parte demandante en listas de personas y de entidades a las que se aplican medidas restrictivas— Perjuicio material— Daño moral»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Iran Insurance Company (Teherán, Irán) (representante: D.Luff, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: B.Driessen y M.Bishop, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: F.RonkesAgerbeek y R.Tricot, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto con arreglo al artículo 268TFUE por el que se solicita la indemnización de los perjuicios morales y materiales presuntamente sufridos por la demandante a raíz de la adopción de la Decisión 2010/644/PESC de Consejo, de 25 de octubre de 2010, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y se deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO 2010, L281, p.81), del Reglamento (UE) n.º961/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º423/2007 (DO 2010, L281, p.1), de la Decisión 2011/783/PESC del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2010/413 (DO 2011, L319, p.71), del Reglamento de Ejecución (UE) n.º1245/2011 del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, por el que se aplica el Reglamento n.º961/2010 (DO 2011, L319, p.11), y del Reglamento (UE) n.º267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento n.º961/2010 (DO 2012, L88, p.1), por los que el nombre de la demandante fue incluido y mantenido en listas de personas y de entidades a las que se aplicaban medidas restrictivas.

Fallo

Desestimar el recurso.

Iran Insurance Company cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

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1 DO C27 de 25.1.2016.
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