(Asunto C-572/16 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 22 de febrero de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — INEOS Köln GmbH / Bundesrepublik Deutschland
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-572/16 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 22 de febrero de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — INEOS Köln GmbH / Bundesrepublik Deutschland

Fecha: 22-Feb-2018

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 22 de febrero de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — INEOS Köln GmbH / Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-572/16)1

(Procedimiento prejudicial— Medio ambiente— Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión Europea— Directiva 2003/87/CE— Artículo 10bis— Decisión 2011/278/UE— Normas transitorias para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión— Período 2013-2020— Solicitud de asignación— Datos erróneos— Corrección— Plazo de preclusión)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Berlin

Partes en el procedimiento principal

RecurrenDemandante: INEOS KölnGmbH

Demandada: Bundesrepublik Deutschland

Fallo

El artículo 10bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo, en su versión modificada por la Directiva 2009/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, así como la Decisión 2011/278/UE de la Comisión, de 27 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10bis de la Directiva 2003/87, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una disposición nacional, como la controvertida en el asunto principal, que establece, para la presentación de una solicitud de asignación gratuita de derechos de emisión relativa al período comprendido entre 2013 y 2020, un plazo de preclusión a la expiración del cual el solicitante se ve privado de toda posibilidad de corregir o completar su solicitud, ya que ese plazo no hace prácticamente imposible o excesivamente difícil la presentación de tal solicitud.

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1 DO C53 de 20.2.2017.
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