(Asunto T-518/15 Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2018 — Francia/Comisión
Fecha: 01-Feb-2018
Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2018 — Francia/Comisión
(Asunto T-518/15)1
«FEAGA y Feader— Gastos excluidos de la financiación— Programa de desarrollo rural hexagonal— Medidas de ayuda al desarrollo rural— Zonas con dificultades naturales— Corrección financiera a tanto alzado— Gastos efectuados por Francia— Controles sobre el terreno— Criterio de carga ganadera— Recuento de los animales— Elevación del porcentaje de corrección a tanto alzado por reiteración del incumplimiento— Garantías de procedimiento»
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: República Francesa (representantes: inicialmente G.deBergues, D.Colas, R.Coesme y A.Daly, posteriormente D.Colas, R.Coesme y A.Daly, y finalmente D.Colas, R.Coesme, S.Horrenberger y E.deMoustier, agentes)
Demandada: Comisión Europea (representantes: A.Bouquet, A.Lewis y J.Aquilina, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de España (representantes: inicialmente M.Sampol Pucurull, y posteriormente V.Ester Casas, agentes)
Objeto
Recurso interpuesto con arreglo al artículo 263TFUE, mediante el que se solicita la anulación parcial de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1119 de la Comisión, de 22 de junio de 2015, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (DO 2015, L182, p.39).
Fallo
Anular la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1119 de la Comisión, de 22 de junio de 2015, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), por cuanto aplica una corrección a tanto alzado incrementada en un 10% debido a la reiteración del incumplimiento reprochado a las autoridades francesas en materia de recuento de animales y a la falta de introducción de mejoras por parte de estas.
Desestimar el recurso en todo lo demás.
La República Francesa y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.
El Reino de España cargará con sus propias costas.