(Asunto T-718/15 Sentencia del Tribunal General de 5 de febrero de 2018 — PTC Therapeutics International/EMA
Fecha: 05-Feb-2018
Sentencia del Tribunal General de 5 de febrero de 2018 — PTC Therapeutics International/EMA
(Asunto T-718/15)1
[«Acceso a los documentos— Reglamento (CE) n.º1049/2001— Documento en poder de la EMA presentado en el marco de la solicitud de autorización de comercialización del medicamento Translarna— Decisión de conceder a un tercero acceso al documento— Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales— Inexistencia de presunción general de confidencialidad»]
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: PTC Therapeutics International Ltd (Dublín, Irlanda) (representantes: inicialmente C.Thomas, Barrister, G.Castle, B.Kelly, H.Billson, Solicitors, y M.Demetriou, QC, y posteriormente C.Thomas, M.Demetriou, G.Castle y B.Kelly)
Demandada: Agencia Europea de Medicamentos (EMA) (representantes: T.Jabłoński, A.Spina, S.Marino, A.Rusanov y N.Rampal Olmedo, agentes)
Coadyuvante en apoyo de la demandante: European Confederation of Pharmaceutical Entrepreneurs (Eucope) (representantes: D.Scannell, Barrister, y S.Cowlishaw, Solicitor)
Objeto
Recurso interpuesto con arreglo al artículo 263TFUE mediante el que se solicita la anulación de la Decisión EMA/722323/2015 de la EMA, de 25 de noviembre de 2015, por la que se concede a un tercero, en virtud del Reglamento (CE) n.º1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L145, p.43), acceso a un documento que contiene información presentada en el marco de la solicitud de autorización de comercialización del medicamento Translarna.
Fallo
Desestimar el recurso.
PTC Therapeutics International Ltd cargará con sus propias costas y con las de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), incluidas las relativas al procedimiento sobre medidas provisionales.
European Confederation of Pharmaceutical Entrepreneurs (Eucope) cargará con sus propias costas.