(Asunto C-568/16 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 22 de marzo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Nürtingen — Alemania) — procedimiento penal contra Faiz Rasool
Fecha: 22-Mar-2018
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 22 de marzo de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Nürtingen — Alemania) — procedimiento penal contra Faiz Rasool
(Asunto C-568/16)1
[Procedimiento prejudicial— Servicios depago— Directiva 2007/64/CE— Artículo 3, letrase) yo), y artículo 4, apartado3—Anexo— Punto2— Ámbito de aplicación— Explotación de cajeros multifuncionales que permiten la retirada de efectivo en salas de juegos deazar— Coherencia de la práctica represiva de las autoridades nacionales— Comiso de los importes obtenidos mediante una actividad ilícita— Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea— Artículo17]
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Amtsgericht Nürtingen
Parte en el procedimiento penal principal
Faiz Rasool
con intervenciónde: Rasool Entertainment GmbH
Fallo
El artículo 4, punto 3, de la Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, sobre servicios de pago en el mercado interior, por la que se modifican las Directivas 97/7/CE, 2002/65/CE, 2005/60/CE y 2006/48/CE y por la que se deroga la Directiva 97/5/CE, en relación con el punto 2 de su anexo, debe interpretarse en el sentido de que un servicio de retirada de efectivo, ofrecido a sus clientes por un explotador de salas de juego por medio de cajeros multifuncionales allí instalados, no es un «servicio de pago», a efectos de esta Directiva, cuando el explotador no efectúa operación alguna en las cuentas de pago de dichos clientes y sus actividades al respecto se reducen a mantener disponibles los cajeros y a proveerlos de efectivo.