(Asunto T-251/15 Sentencia del Tribunal General de 26 de abril de 2018 — Espírito Santo Financial (Portugal)/BCE
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-251/15 Sentencia del Tribunal General de 26 de abril de 2018 — Espírito Santo Financial (Portugal)/BCE

Fecha: 26-Abr-2018

Sentencia del Tribunal General de 26 de abril de 2018 — Espírito Santo Financial (Portugal)/BCE

(Asunto T-251/15)1

(«Acceso a los documentos— Decisión 2004/258/CE— Documentos relativos a la Decisión del BCE de 1 de agosto de 2014 acerca del Banco Espírito Santo,S.A.Denegación presunta de acceso— Denegación expresa de acceso— Denegación parcial de acceso— Excepción relativa a la confidencialidad de las deliberaciones de los órganos decisorios delBCE— Excepción relativa a la política financiera, monetaria o económica de la Unión o de un Estado miembro— Excepción relativa a la estabilidad del sistema financiero en la Unión o en un Estado miembro— Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales— Excepción relativa a opiniones para uso interno— Obligación de motivación»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Espírito Santo Financial (Portugal), SGPS, S.A. (Lisboa, Portugal) (representantes: inicialmente R.Oliveira, N.Cunha Barnabé y S.Estima Martins, abogados, posteriormente L.Soares Romão, J.Shearman de Macedo y D.Castanheira Pereira, abogados)

Demandada: Banco Central Europeo (representantes: inicialmente F.Malfrère y S.Lambrinoc, posteriormente F.Malfrère y T.Filipova, agentes, asistidos por H.-G.Kamann y P.Gey, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación, por una parte, de la Decisión del BCE de 1 de abril de 2015 por la que se deniega parcialmente el acceso a determinados documentos relativos a su Decisión de 1 de agosto de 2014 acerca del Banco Espírito Santo, S.A., y, por otra, de la resolución desestimatoria presunta de acceso a dichos documentos.

Fallo

Anular la Decisión del Banco Central Europeo (BCE) de 1 de abril de 2015 por la que se deniega parcialmente el acceso a determinados documentos relativos a la Decisión del BCE de 1 de agosto de 2014 acerca del Banco Espírito Santo, S.A., en la medida en que denegó el acceso al importe del crédito que figura en los extractos del acta que deja constancia de la decisión del Consejo de Gobierno del BCE de 28 de julio de 2014 y a la información ocultada en las propuestas del Comité Ejecutivo del BCE de 28 de julio y de 1 de agosto de2014.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Espírito Santo Financial (Portugal), SGPS, S.A., y el BCE cargarán con sus propias costas.

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1 DO C245, de 27.7.2015.
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