(Asunto T-577/15 Sentencia del Tribunal General de 29 de mayo de 2018 — Uribe-Etxebarría Jiménez/EUIPO — Núcleo de comunicaciones y control (SHERPA)
Fecha: 29-May-2018
Sentencia del Tribunal General de 29 de mayo de 2018 — Uribe-Etxebarría Jiménez/EUIPO — Núcleo de comunicaciones y control (SHERPA)
(Asunto T-577/15)1
[«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de nulidad— Marca denominativa de la Unión SHERPA— Marca denominativa nacional anterior SHERPA— Declaración de nulidad parcial— Objeto del litigio planteado ante la Sala de Recurso— Uso efectivo de la marca— Artículo 42, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º207/2009 [actualmente artículo 47, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001]— Artículo 53, apartado 1, letraa), del Reglamento n.º207/2009 [actualmente artículo 60, apartado 2, letraa), del Reglamento 2017/1001]— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Artículo 8, apartado 1, letrasa) yb), del Reglamento n.º207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrasa) yb), del Reglamento 2017/1001]»]
Lengua de procedimiento: español
Partes
Recurrente: Xabier Uribe-Etxebarría Jiménez (Erandio, Vizcaya) (representante: M.Esteve Sanz, abogada)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J.Crespo Carrillo, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Núcleo de comunicaciones y control, S.L. (Madrid) (representantes: P.López Ronda, G.Macías Bonilla, G.Marín Raigal y E.Armero Lavie, abogados)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 17 de julio de 2015 (asunto R1135/2014-2), relativa a un procedimiento de nulidad entre Núcleo de comunicaciones y control y el Sr.Uribe-Etxebarría Jiménez.
Fallo
Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 17 de julio de 2015 (asunto R1135/2014-2), en la medida en que se refiere a los productos designados por la marca controvertida comprendidos en la clase9.
Desestimar el recurso en todo lo demás.
La EUIPO cargará con sus propias costas y con un tercio de las costas en que haya incurrido el Sr.Xabier Uribe-Etxebarría Jiménez.
El Sr.Uribe-Etxebarría Jiménez cargará con dos tercios de sus propias costas.
Núcleo de comunicaciones y control, S.L., cargará con sus propias costas.