(Asunto C-555/17 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 20 de septiembre de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret — Dinamarca) — 2M-Locatel A/S / Skatteministeriet
Fecha: 20-Sep-2018
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 20 de septiembre de 2018 (petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret — Dinamarca) — 2M-Locatel A/S / Skatteministeriet
(Asunto C-555/17)1
(Procedimiento prejudicial— Reglamento (CEE) n.o2658/87— Unión aduanera y arancel aduanero común— Clasificación arancelaria— Nomenclatura combinada— Subpartidas 8528 71 13 y 8528 7190— Aparato que es capaz de captar, descodificar y procesar señales de televisión transmitidas en directo por protocolo de Internet)
Lengua de procedimiento: danés
Órgano jurisdiccional remitente
Østre Landsret
Partes en el procedimiento principal
Demandante: 2M-LocatelA/S
Demandada: Skatteministeriet
Fallo
La nomenclatura combinada que figura en el anexoI del Reglamento (CEE) n.o2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, en la redacción que le dio el Reglamento (CE) n.o1549/2006 de la Comisión, de 17 de octubre de 2006, debe interpretarse en el sentido de que los aparatos que, como los controvertidos en el litigio principal, son capaces de captar, descodificar y procesar señales de televisión transmitidas en directo por protocolo de Internet deben clasificarse en la subpartida 85287190 de la propia NC, siempre que no estén provistos de receptores de señales de imagen y sonido (sintonizadores), o «sintonizadores de televisión», extremo que corresponde comprobar al tribunal remitente.