(Asunto T-806/17 Sentencia del Tribunal General de 3 de octubre de 2019 — BASF y REACH & colours/ECHA
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-806/17 Sentencia del Tribunal General de 3 de octubre de 2019 — BASF y REACH & colours/ECHA

Fecha: 03-Oct-2019

Sentencia del Tribunal General de 3 de octubre de 2019 — BASF y REACH & colours/ECHA

(Asunto T-806/17)1

[«REACH— Artículo 11 del Reglamento (CE) n.º1907/2006— Artículo 3, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/9— Obligación de presentación conjunta de datos— Presentación conjunta con opción de renuncia completa— Práctica administrativa de la ECHA que impone un acuerdo relativo a los requisitos de acceso a una presentación conjunta con el solicitante principal de una sustancia registrada— Falta de acuerdo— Mecanismo de resolución de controversias aplicado por analogía— Decisión que concede el acceso a una presentación conjunta— Base jurídica— Facultad de apreciación de laECHA— Error manifiesto de apreciación— Obligación de motivación— Seguridad jurídica»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: BASF SE (Ludwigshafen sobre el Rhin, Alemania) y REACH & colours Kereskedelmi és Szolgáltató Kft. (REACH & colours Kft.) (Budapest, Hungría) (representantes: R.Cana, D.Abrahams, E.Mullier y H.Widemann, abogados)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (representantes: M.Heikkilä, C.Jacquet y T.Basmatzi, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión DSH-30-3-D-0122-2017 de la ECHA, de 2 de octubre de 2017, por la que se concede a Sustainability Support Services (Europe) AB acceso a la presentación conjunta realizada por REACH & colours, como solicitante principal de la sustancia hexasodio 2,2’-[vinilenobis [(3-sulfonato-4,1-fenileno)imino [6-(dietilamino)-1,3,5-triazina-4,2-diyl]imino]] bis(benceno-1,4-disulfonato) de hexasodio, con el númeroCE 255-217-5 y el número CAS 41098-56-0.

Fallo

Desestimar el recurso.

BASF SE, REACH & colours Kereskedelmi és Szolgáltató Kft. (REACH & colours Kft.) y la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) cargarán con sus propias costas.

____________

1 DO C52 de 12.2.2018.
Vista, DOCUMENTO COMPLETO