(Asunto T-323/16 Sentencia del Tribunal General de 28 de noviembre de 2019 — Banco Cooperativo Español/JUR
Fecha: 28-Nov-2019
Sentencia del Tribunal General de 28 de noviembre de 2019 — Banco Cooperativo Español/JUR
(Asunto T-323/16)1
[«Unión Económica y Monetaria— Unión Bancaria— Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR)— Fondo Único de Resolución (FUR)— Decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) sobre las aportaciones ex ante para2016— Recurso de anulación— Afectación directa e individual— Admisibilidad— Requisitos sustanciales de forma— Autenticación de la Decisión— Procedimiento de adopción de la Decisión»]
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Banco Cooperativo Español, S.A., (Madrid) (representantes: D.Sarmiento Ramírez-Escudero y J.Beltrán de Lubiano Sáez de Urabain, abogados)
Demandada: Junta Única de Resolución, (representantes: F.Málaga Diéguez, F.Fernández de Trocóniz Robles, B.Meyring, S.Schelo, T.Klupsch y S.Ianc, abogados)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: J.Rius, A.Steiblytė y K.-P.Wojcik, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de la JUR, en sesión ejecutiva de 15 de abril de 2016, sobre las aportaciones ex ante para 2016 al Fondo Único de Resolución (SRB/ES/SRF/2016/06), en la medida en que afecta a la demandante.
Fallo
Anular en lo que respecta al Banco Cooperativo Español, S.A., la Decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) en su sesión ejecutiva de 15 de abril de 2016 sobre las aportaciones ex ante para 2016 al Fondo Único de Resolución (SRB/ES/SRF/2016/06).
El Banco Cooperativo Español y la JUR cargarán cada uno con sus propias costas.
La Comisión Europea cargará con sus propias costas.