(Asunto T-812/14 Sentencia del Tribunal General de 19 de diciembre de 2019 — BPC Lux2 y otros/Comisión
Fecha: 19-Dic-2019
Sentencia del Tribunal General de 19 de diciembre de 2019 — BPC Lux2 y otros/Comisión
(Asunto T-812/14RENV)1
(«Ayudas de Estado— Ayuda de las autoridades portuguesas a la resolución de la entidad de crédito Banco Espírito Santo— Creación y capitalización de un banco puente— Decisión por la que se declara la ayuda compatible con el mercado interior— Falta de legitimación activa— Inadmisibilidad»)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: BPC Lux2 Sàrl (Senningerberg, Luxemburgo) y las otras 19partes demandantes cuyos nombres figuran en anexo a la sentencia (representantes: J.Webber y M.Steenson, Solicitors, B.Woolgar y K.Bacon, Barristers)
Demandada: Comisión Europea (representantes: L.Flynn y P.-J.Loewenthal, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: República Portuguesa (representantes: L.Inez Fernandes y S.Jaulino, agentes, asistidos por M.Mendes Pereira, abogado)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2014)5682 final de la Comisión, de 3 de agosto de 2014, ayuda de Estado SA.39250 (2014/N) — Portugal — Resolución del Banco Espírito Santo,S.A.
Fallo
Declarar la inadmisibilidad del recurso.
Condenar a BPC Lux2 Sàrl y a las otras partes demandantes cuyos nombres figuran en anexo a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea en el procedimiento de medidas provisionales, de primera instancia y de devolución.
La Comisión cargará con las costas en que ha incurrido en el procedimiento de casación.
La República Portuguesa cargará con sus propias costas.