(Asunto T-812/14 Sentencia del Tribunal General de 19 de diciembre de 2019 — BPC Lux2 y otros/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-812/14 Sentencia del Tribunal General de 19 de diciembre de 2019 — BPC Lux2 y otros/Comisión

Fecha: 19-Dic-2019

Sentencia del Tribunal General de 19 de diciembre de 2019 — BPC Lux2 y otros/Comisión

(Asunto T-812/14RENV)1

(«Ayudas de Estado— Ayuda de las autoridades portuguesas a la resolución de la entidad de crédito Banco Espírito Santo— Creación y capitalización de un banco puente— Decisión por la que se declara la ayuda compatible con el mercado interior— Falta de legitimación activa— Inadmisibilidad»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: BPC Lux2 Sàrl (Senningerberg, Luxemburgo) y las otras 19partes demandantes cuyos nombres figuran en anexo a la sentencia (representantes: J.Webber y M.Steenson, Solicitors, B.Woolgar y K.Bacon, Barristers)

Demandada: Comisión Europea (representantes: L.Flynn y P.-J.Loewenthal, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: República Portuguesa (representantes: L.Inez Fernandes y S.Jaulino, agentes, asistidos por M.Mendes Pereira, abogado)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2014)5682 final de la Comisión, de 3 de agosto de 2014, ayuda de Estado SA.39250 (2014/N) — Portugal — Resolución del Banco Espírito Santo,S.A.

Fallo

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

Condenar a BPC Lux2 Sàrl y a las otras partes demandantes cuyos nombres figuran en anexo a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea en el procedimiento de medidas provisionales, de primera instancia y de devolución.

La Comisión cargará con las costas en que ha incurrido en el procedimiento de casación.

La República Portuguesa cargará con sus propias costas.

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1 DO C46 de 9.2.2015.
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