(Asunto C-231/18 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 7 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Oldenburg— Alemania) — NK
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-231/18 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 7 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Oldenburg— Alemania) — NK

Fecha: 07-Feb-2019

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 7 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Oldenburg— Alemania) — NK

(Asunto C-231/18)1

[Procedimiento prejudicial— Transporte— Transportes por carretera— Reglamento (CE) n.º561/2006— Reglamento (UE) n.º165/2014— Obligación de utilizar tacógrafo— Excepción en el caso de vehículos utilizados para el transporte de animales vivos desde las granjas hasta los mercados locales y viceversa, o desde los mercados hasta los mataderos locales]

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Oberlandesgericht Oldenburg

Partes en el procedimiento principal

NK

con intervención de: Staatsanwaltschaft Oldenburg y Staatliches Gewerbeaufsichtsamt Oldenburg

Fallo

La expresión «mercados locales» del artículo 13, apartado 1, letrap), del Reglamento (CE) n.º561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n.º3821/85 y (CE) n.º2135/98 del Consejo y se deroga el Reglamento (CEE) n.º3820/85 del Consejo, en la redacción que le dio el Reglamento (UE) n.º165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, debe interpretarse en el sentido de que no puede referirse ni a la transacción celebrada entre un comerciante de ganado al por mayor y el titular de una explotación agropecuaria ni al propio comerciante de ganado al por mayor, por lo que la excepción prevista en dicha disposición no puede ampliarse a vehículos que transporten animales vivos directamente desde granjas a mataderos locales.

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1 DO C221 de 25.6.2018.
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