(Asunto C-466/16 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 28 de febrero de 2019 — Consejo de la Unión Europea / Marquis Energy LLC, Comisión Europea y ePURE, de Europese Producenten Unie van Hernieuwbare Ethanol
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-466/16 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 28 de febrero de 2019 — Consejo de la Unión Europea / Marquis Energy LLC, Comisión Europea y ePURE, de Europese Producenten Unie van Hernieuwbare Ethanol

Fecha: 28-Feb-2019

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 28 de febrero de 2019 — Consejo de la Unión Europea / Marquis Energy LLC, Comisión Europea y ePURE, de Europese Producenten Unie van Hernieuwbare Ethanol

(Asunto C-466/16P)1

[Recurso de casación— Dumping— Reglamento de ejecución (UE) n.o157/2013— Importaciones de bioetanol originario de Estados Unidos de América— Derecho antidumping definitivo— Margen de dumping establecido a escala nacional— Recurso de anulación— Productor que no exporta— Legitimación activa— Afectación directa]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Consejo de la Unión Europea (representantes: S.Boelaert, agente, asistida por N.Tuominen, avocată)

Otras partes en el procedimiento: Marquis Energy LLC (representantes: P.Vander Schueren, advocaat, asistida por N.Mizulin y M.Peristeraki, avocats), Comisión Europea (representantes: T.Maxian Rusche y M.França, agentes) y ePURE, de Europese Producenten Unie van Hernieuwbare Ethanol (representantes: O.Prost y A.Massot, avocats)

Fallo

Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 9 de junio de 2016, Marquis Energy/Consejo (T-277/13, no publicada, EU:T:2016:343).

Desestimar por inadmisible el recurso de anulación interpuesto por Marquis EnergyLLC.

Condenar a Marquis Energy LLC a cargar con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea en relación tanto con el procedimiento de primera instancia como con el de casación.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas tanto en el procedimiento de primera instancia como en el de casación.

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1 DO C402 de 31.10.2016.
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