(Asunto T-730/16 Sentencia del Tribunal General de 13 de marzo de 2019 — Espírito Santo Financial Group/BCE
Fecha: 13-Mar-2019
Sentencia del Tribunal General de 13 de marzo de 2019 — Espírito Santo Financial Group/BCE
(Asunto T-730/16)1
(«Acceso a los documentos— Decisión 2004/258/CE— Documentos relativos a la Decisión del BCE de 1 de agosto de 2014 acerca del Banco Espírito Santo,S.A.— Denegación parcial de acceso— Excepción relativa a la confidencialidad de las deliberaciones de los órganos decisorios delBCE— Excepción relativa a la política financiera, monetaria o económica de la Unión o de un Estado miembro— Excepción relativa a la estabilidad del sistema financiero en la Unión o en un Estado miembro— Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales— Excepción relativa a documentos para uso interno— Obligación de motivación»)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Espírito Santo Financial Group, S.A. (Luxemburgo, Luxemburgo) (representantes: R.Oliveira, S.Estima Martins y D.Duarte de Campos, abogados)
Demandada: Banco Central Europeo (representantes: F.von Lindeiner y S.Lambrinoc, agentes, asistidos por H.-G.Kamann, abogado)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión del BCE de 31 de agosto de 2016 por la que se deniega parcialmente el acceso a determinados documentos relativos a su Decisión de 1 de agosto de 2014 acerca del Banco Espírito Santo,S.A.
Fallo
Anular la Decisión del Banco Central Europeo (BCE) de 31 de agosto de 2016 por la que se deniega parcialmente el acceso a determinados documentos relativos a su Decisión de 1 de agosto de 2014 acerca del Banco Espírito Santo, S.A., en la medida en que denegó el acceso al importe del crédito que figura en los extractos del acta que deja constancia de la decisión del Consejo de Gobierno del BCE de 28 de julio de 2014 y a la información ocultada en las propuestas del Comité Ejecutivo del BCE de 28 de julio y de 1 d agosto de2014.
Desestimar el recurso en todo lo demás.
Espírito Santo Financial Group, S.A., y el BCE cargarán con sus propias costas.