(Asunto C-341/17 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 15 de mayo de 2019 — República Helénica / Comisión Europea
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-341/17 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 15 de mayo de 2019 — República Helénica / Comisión Europea

Fecha: 15-May-2019

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 15 de mayo de 2019 — República Helénica / Comisión Europea

(Asunto C-341/17P)1

[Recurso de casación— Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), sección de Garantía, Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader)— Gastos excluidos de la financiación de la Unión Europea— Gastos efectuados por la República Helénica— Reglamento (CE) n.º1782/2003— Reglamento (CE) n.º796/2004— Régimen de ayudas por superficie— Concepto de «pastos permanentes»— Correcciones financieras a tanto alzado— Deducción de corrección anterior]

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: República Helénica (representantes: G.Kanellopoulos, A.Vasilopoulou y E.Leftheriotou, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: D.Triantafyllou y A.Sauka, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de España (representante: M.A.Sampol Pucurull, agente)

Fallo

Anular los apartados 2 y 3 del fallo de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 30 de marzo de 2017, Grecia/Comisión (T-112/15, EU:T:2017:239), en la medida en que, por una parte, el Tribunal General desestimó el recurso de la República Helénica al limitar su examen a la corrección para el año de solicitud 2008 imputada al ejercicio financiero 2009 por lo que se refiere a la corrección financiera del 5% aplicada a las ayudas del segundo pilar de la política agrícola común (PAC), consagrado al desarrollo rural, y al no examinar la corrección financiera para el año de solicitud 2008 imputada al ejercicio financiero 2010 por un importe de 5496524,54euros por lo que se refiere a la corrección financiera del 5% aplicada a las ayudas del segundo pilar de la PAC, consagrado al desarrollo rural y, por otra parte, decidió sobre las costas.

Desestimar el recurso de casación en todo lo demás.

Anular la Decisión de Ejecución 2014/950/UE de la Comisión, de 19 de diciembre de 2014, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en lo que atañe a la toma en consideración de la Decisión 2013/214/UE de la Comisión, de 2 de mayo de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), para calcular el importe de la corrección de 5496524,54euros, de la deducción de 270175,45euros y de la incidencia financiera de 5226349,09euros, relativas a los gastos efectuados por la República Helénica en el sector del desarrollo rural, Feader, Eje 2 (2007-2013, medidas vinculadas a la superficie) e imputadas al ejercicio financiero 2010, debido a las deficiencias en el sistema de identificación de las parcelas agrícolas (SIPA) y en los controles sobre el terreno (segundo pilar, año de solicitud 2008).

La República Helénica y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas correspondientes al procedimiento de primera instancia y al recurso de casación.

El Reino de España cargará con sus propias costas.

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1 DO C249 de 31.7.2017.
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