(Asunto T-13/18 Sentencia del Tribunal General de 24 de septiembre de 2019 — Crédit mutuel Arkéa/EUIPO — Confédération nationale du Crédit mutuel (Crédit Mutuel)
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-13/18 Sentencia del Tribunal General de 24 de septiembre de 2019 — Crédit mutuel Arkéa/EUIPO — Confédération nationale du Crédit mutuel (Crédit Mutuel)

Fecha: 24-Sep-2019

Sentencia del Tribunal General de 24 de septiembre de 2019 — Crédit mutuel Arkéa/EUIPO — Confédération nationale du Crédit mutuel (Crédit Mutuel)

(Asunto T-13/18)1

[«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de nulidad— Marca denominativa de la Unión Crédit Mutuel— Motivos de denegación absolutos— Carácter descriptivo— Falta de carácter distintivo— Carácter distintivo adquirido por eluso— Adhesión al recurso— Artículo 7, apartado 1, letrasb) yc), y apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1001— Artículo 59, apartado 1, letraa), y apartado 2, del Reglamento 2017/1001»]

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Crédit Mutuel Arkéa (Le Relecq Kerhuon, Francia) (representantes: A.Casalonga, L.Codevelle y C.Bercial Arias, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D.Hanf, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Confédération nationale du Crédit mutuel (París, Francia) (representantes: B.Moreau-Margotin y M.Merli, abogadas)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de noviembre de 2017 (asunto R1724/2016-5), relativa a un procedimiento de nulidad entre Crédit Mutuel Arkéa y la Confédération nationale du Crédit mutuel.

Fallo

Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 8 de noviembre de 2017 (asunto R1724/2016-5) en la medida en que declaró que la marca impugnada había adquirido carácter distintivo por el uso en el caso de los productos y servicios respecto a los cuales era descriptiva y no distintiva.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Desestimar la adhesión al recurso.

Condenar al Crédit Mutuel Arkéa a cargar con un tercio de sus propias costas y con un tercio de las costas en las que hayan incurrido la EUIPO y la Confédération nationale du Crédit mutuel en relación con el recurso principal.

Condenar a la EUIPO a cargar con dos tercios de sus propias costas y con dos tercios de las costas de la parte recurrente en relación con el recurso principal.

Condenar a la Confédération nationale du Crédit mutuel a cargar con dos tercios de sus propias costas en relación con el recurso principal y con las costas en relación con la adhesión al recurso.

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1 DO C94 de 12.3.2018.
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