(Asunto T-786/17 Sentencia del Tribunal General de 19 de septiembre de 2019 — BTC/Comisión
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-786/17 Sentencia del Tribunal General de 19 de septiembre de 2019 — BTC/Comisión

Fecha: 19-Sep-2019

Sentencia del Tribunal General de 19 de septiembre de 2019 — BTC/Comisión

(Asunto T-786/17)1

(«Cláusula compromisoria— Acuerdo de subvención celebrado en el marco del programa-marco eTEN, relativo a las redes transeuropeas de telecomunicaciones— Proyecto “SafeChemoˮ— Informe de investigación de la OLAF, que califica de no subvencionables ciertos gastos efectuados— Reembolso parcial de las cantidades abonadas— Demanda reconvencional»)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: BTC Srl (Bolzano, Italia) (representantes: L.von Lutterotti y A.Frei, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A.Katsimerou y B.-R.Killmann, agentes)

Objeto

Por una parte, un recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación, en primer lugar, de la Decisión Ares(2017) 4709558 de la Comisión, de 27 de septiembre de 2017, en la que se solicita el reembolso de una cantidad abonada a la demandante en ejecución del Acuerdo C046311 para la financiación del proyecto titulado «ePrescription and Automation for a Safe Management of Cytostatistics», concluido en el marco del programa eTEN, relativo a las redes transeuropeas de telecomunicaciones, en segundo lugar, del escrito Ares(2017) 4790311 de la Comisión, de 2 de octubre de 2017, por el que se transmite la nota de adeudo n.º3241712708 y, en tercer lugar, de la nota de adeudo n.º3241712708 y, por otra parte, un recurso basado en el artículo 272TFUE por el que se solicita que se declare infundada la solicitud de reembolso de la Comisión, así como una demanda reconvencional por la que se solicitaba que se condenase a la demandante al reembolso de una cantidad pagada indebidamente en ejecución de dicho Acuerdo.

Fallo

Desestimar el recurso presentado por BTCSrl.

Condenar a BTC a pagar a la Comisión Europea la cantidad principal de 380989,49euros, más intereses de demora al tipo del 3,50% a contar desde el 17 de noviembre de 2017 y hasta el pago íntegro de dicha cantidad.

BTC cargará con sus propias costas y con las de la Comisión.

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1 DO C42 de 5.2.2018.
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