(Asunto T-402/18 Sentencia del Tribunal General de 29 de enero de 2020 — Aquino y otros/Parlamento
Fecha: 29-Ene-2020
Sentencia del Tribunal General de 29 de enero de 2020 — Aquino y otros/Parlamento
(Asunto T-402/18)1
(«Función pública— Huelga de intérpretes— Medidas adoptadas por el Parlamento Europeo por las que se requiere a determinados intérpretes para que presten servicios mínimos— Inexistencia de base jurídica— Responsabilidad— Daño moral»)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandantes: Roberto Aquino (Bruselas, Bélgica) y los otros 25 demandantes cuyos nombres aparecen en el anexo de la sentencia (representante: L.Levi, abogada)
Demandada: Parlamento Europeo (representantes: O.Caisou-Rousseau, T.Lazian y E.Taneva, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada : Consejo de la Unión Europea (representantes: M.Bauer y R.Meyer, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 270TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión de 2 de julio de 2018 del Director General de Personal del Parlamento por la que se requirió a determinados intérpretes e intérpretes de conferencia para que prestasen servicios mínimos el 3 de julio de 2018, así como de las decisiones posteriores de dicho Director mediante las que se requirió a determinados intérpretes e intérpretes de conferencia para que prestasen tales servicios los días 4, 5, 10 y 11 de julio de 2018, y, por otra parte, la reparación del daño moral evaluado ex æquo et bono en 1000euros por persona que los demandantes sufrieron supuestamente como consecuencia de esas decisiones.
Fallo
Anular la decisión de 2 de julio de 2018 del Director General de Personal del Parlamento Europeo por la que se requirió a determinados intérpretes e intérpretes de conferencia para que prestasen servicios mínimos el 3 de julio de2018.
Se condena al Parlamento a abonar la cantidad de 500euros a cada una de las Sras.Barbara Carli-Ganotis, Claudine de Seze, Maria Corina Diaconu Olszewski, Maria Provata, Irène Sevastikoglou y Benedetta Tissi.
Desestimar el recurso en todo lo demás.
El Parlamento cargará con sus propias costas y con las costas en que hayan incurrido las demandantes a las que se requirió para prestar servicios mínimos mediante la decisión de 2 de julio de 2018, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales y a la intervención del Consejo de la Unión Europea.
Los demandantes a los que se requirió para prestar servicios mínimos mediante las decisiones posteriores a la interposición del recurso cargarán con sus propias costas.
El Consejo cargará con sus propias costas.