(Asunto C-112/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 28 de octubre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Aachen — Alemania) — Marvin M. / Kreis Heinsberg
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-112/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 28 de octubre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Aachen — Alemania) — Marvin M. / Kreis Heinsberg

Fecha: 28-Oct-2020

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 28 de octubre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Aachen — Alemania) — Marvin M. / Kreis Heinsberg

(Asunto C-112/19)1

(Procedimiento prejudicial— Directiva 2006/126/CE— Artículos 2, apartado 1, y 11, apartado4— Permiso de conducción— Reconocimiento recíproco— Alcance de la obligación de reconocimiento— Permiso de conducción que ha sido objeto de un canje— Canje realizado en un momento en el que el Estado miembro de expedición había privado del derecho a conducir a su titular— Fraude— Denegación de reconocimiento del permiso de conducción expedido en el marco del canje)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Aachen

Partes en el procedimiento principal

Demandante: MarvinM.

Demandada: Kreis Heinsberg

Fallo

El artículo 2, apartado 1, de la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción, debe interpretarse en el sentido de que el reconocimiento recíproco, sin ninguna formalidad, que prevé es aplicable a los permisos de conducción expedidos a raíz de un canje con arreglo al artículo 11, apartado 1, de esta Directiva, sin perjuicio de las excepciones previstas en dicha Directiva.

El artículo 11, apartado 4, párrafo segundo, de la Directiva 2006/126 debe interpretarse en el sentido de que permite a un Estado miembro denegar el reconocimiento de un permiso de conducción que ha sido objeto de un canje con arreglo al artículo 11, apartado 1, de dicha Directiva cuando ese Estado miembro, antes de tal canje, había retirado la autorización para conducir al titular del permiso.

____________

1 DO C172 de 20.5.2019.
Vista, DOCUMENTO COMPLETO