(Asunto C-813/18 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 15 de octubre de 2020 — Deza, a.s. / Comisión Europea, República de Finlandia, Reino de Suecia, Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos
Fecha: 15-Oct-2020
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 15 de octubre de 2020 — Deza, a.s. / Comisión Europea, República de Finlandia, Reino de Suecia, Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos
(Asunto C-813/18P)1
[Recurso de casación— Reglamento (CE) n.º1272/2008— Clasificación, etiquetado y envasado de determinadas sustancias y de determinadas mezclas— Reglamento (UE) 2017/776— Clasificación de la antraquinona— Sustancia que se supone posiblemente cancerígena para el ser humano— Errores de interpretación y de aplicación del Reglamento n.º1272/2008 y del principio de seguridad jurídica— Desnaturalización de los hechos y de las pruebas— Amplitud del control]
Lengua de procedimiento: checo
Partes
Recurrente: Deza, a.s. (representante: P.Dejl, advokát)
Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: R.Lindenthal, K.Mifsud-Bonnici y Z.Malůšková, agentes), República de Finlandia (representante: S.Hartikainen, agente), Reino de Suecia [representantes: inicialmente H.Eklinder, H.Shev, C.Meyer-Seitz, J.Lundberg y A.Falk, posteriormente H.Eklinder, H.Shev y C.Meyer-Seitz, agentes, Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) (representantes: A.Hautamäki y M.Heikkilä, agentes]
Fallo
Desestimar el recurso de casación.
Condenar a Deza, a.s. a cargar, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea.
La República de Finlandia, el Reino de Suecia y la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) cargarán con sus propias costas.