(Asunto C-445/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 24 de noviembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret — Dinamarca) Viasat Broadcasting UK Ltd / TV2/Danmark A/S, Reino de Dinamarca
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-445/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 24 de noviembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret — Dinamarca) Viasat Broadcasting UK Ltd / TV2/Danmark A/S, Reino de Dinamarca

Fecha: 24-Nov-2020

Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 24 de noviembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Østre Landsret — Dinamarca) Viasat Broadcasting UK Ltd / TV2/Danmark A/S, Reino de Dinamarca

(Asunto C-445/19)1

(Procedimiento prejudicial— Ayudas de Estado— Empresa pública de radiodifusión— Artículo 106TFUE, apartado2— Servicios de interés económico general— Ayuda compatible con el mercado interior— Artículo 108TFUE, apartado3— Notificación— Inexistencia— Obligación del beneficiario de pagar intereses por el período de ilegalidad de la ayuda— Cálculo de los intereses— Importes que deben tenerse en cuenta)

Lengua de procedimiento: danés

Órgano jurisdiccional remitente

Østre Landsret

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Viasat Broadcasting UKLtd

Demandadas: TV2/Danmark A/S, Reino de Dinamarca

Fallo

El artículo 108TFUE, apartado 3, debe interpretarse en el sentido de que la obligación que incumbe a los órganos jurisdiccionales nacionales de condenar al beneficiario de una ayuda de Estado ejecutada en contra de lo previsto en dicha disposición al pago de intereses por el período de ilegalidad de la ayuda se aplica también cuando, mediante su decisión definitiva, la Comisión Europea declara la compatibilidad de tal ayuda con el mercado interior, en virtud del artículo 106TFUE, apartado2.

El artículo 108TFUE, apartado 3, debe interpretarse en el sentido de que la obligación que incumbe a los órganos jurisdiccionales nacionales de condenar al beneficiario de una ayuda de Estado ejecutada en contra de lo previsto en dicha disposición al pago de intereses por el período de ilegalidad de la ayuda se aplica también a las ayudas que el beneficiario haya transferido a empresas vinculadas y a las ayudas que le haya abonado una empresa controlada por el Estado.

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1 DO C270 de 12.8.2019.
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