(Asunto T-639/19 Sentencia del Tribunal General de 2 de diciembre de 2020 — Sánchez Romero Carvajal Jabugo/EUIPO — Embutidos Monells (5MSMMMMM)
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-639/19 Sentencia del Tribunal General de 2 de diciembre de 2020 — Sánchez Romero Carvajal Jabugo/EUIPO — Embutidos Monells (5MSMMMMM)

Fecha: 02-Dic-2020

Sentencia del Tribunal General de 2 de diciembre de 2020 — Sánchez Romero Carvajal Jabugo/EUIPO — Embutidos Monells (5MSMMMMM)

(Asunto T-639/19)1

[«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca figurativa de la Unión 5MSMMMMM— Marca figurativa anterior de la Unión5J— Motivos de denegación relativos— Inexistencia de riesgo de confusión— Inexistencia de similitud entre los signos— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.º207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001]— Inexistencia de menoscabo para el renombre— Artículo 8, apartado 5, del Reglamento n.º207/2009 (actualmente artículo 8, apartado 5, del Reglamento 2017/1001)»]

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Sánchez Romero Carvajal Jabugo, S.A.U. (El Puerto de Santa María, Cádiz) (representante: J.Iglesias Monravá, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: S.Palmero Cabezas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso, coadyuvante ante el Tribunal General: Embutidos Monells, S.A. (San Miguel de Balenya, Barcelona) (representantes: L.Broschat García y L.Polo Flores, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de julio de 2019 (asunto R1728/2018-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Sánchez Romero Carvajal Jabugo y Embutidos Monells,

Fallo

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 24 de julio de 2019 (asunto R1728/2018-4).

Desestimar el recurso en todo lo demás.

La EUIPO y Embutidos Monells, S.A., cargarán, cada una de ellas, con sus propias costas y con la mitad de las costas en que haya incurrido Sánchez Romero Carvajal Jabugo, S.A.U.

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1 DO C383 de 11.11.2019.
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