(Asunto T-483/16 Sentencia del Tribunal General de 28 de mayo de 2020 — Cerafogli/BCE
Fecha: 28-May-2020
Sentencia del Tribunal General de 28 de mayo de 2020 — Cerafogli/BCE
(Asunto T-483/16RENV)1
(«Función pública— Personal delBCE— Denuncia por discriminación y acoso psicológico— Investigación administrativa interna— Desestimación de la denuncia— Derecho a la tutela judicial efectiva— Derecho a seroído— Solicitud de acceso a las actas de las declaraciones testificales— Destrucción del expediente de la investigación— Carácter probatorio de las pruebas presentadas ante el Tribunal General— Examen incompleto— Acoso psicológico— Error de Derecho— Deber de asistencia— Responsabilidad— Relación de causalidad— Daño moral»)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Maria Concetta Cerafogli (Roma, Italia) (representante: L.Levi, abogada)
Demandada: Banco Central Europeo (representantes: F.Feyerbacher y B.Ehlers, agentes, asistidas por B.Wägenbaur, abogado)
Objeto
Recurso basado en el artículo 270TFUE y en el artículo 50bis del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea mediante el que se solicita, por un lado, la anulación de la decisión del BCE de 24 de noviembre de 2009 de poner fin a la investigación administrativa interna iniciada a raíz de la denuncia presentada por la demandante por discriminación y menoscabo de su dignidad, hechos constitutivos, a su parecer, de acoso psicológico y de una violación de la política de dignidad en el trabajo en vigor en el BCE, y, si resulta necesario, de la decisión del BCE de 24 de marzo de 2010 por la que se desestimó su recurso especial, y, por otro lado, la condena del BCE a abonar una indemnización por daños y perjuicios.
Fallo
Anular la decisión del Banco Central Europeo (BCE) de 24 de noviembre de 2009 de poner fin a la investigación administrativa interna iniciada a raíz de la denuncia presentada por la Sra.Maria Concetta Cerafogli y la decisión del BCE de 24 de marzo de 2010 por la que se desestimó el recurso especial interpuesto poresta.
Condenar al BCE a abonar a la Sra.Cerafogli la cuantía de 20000euros en concepto de daños y perjuicios.
Desestimar el recurso en todo lo demás.
Condenar al BCE a cargar, además de con sus propias costas, con las dos terceras partes de las costas en que haya incurrido la Sra.Cerafogli correspondientes al procedimiento inicial sustanciado ante el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea en el marco del recurso interpuesto en el asunto F-43/10, al procedimiento de casación en el marco del asunto T-114/13P y al presente procedimiento de remisión en el marco del asunto T-483/16RENV.
Condenar a la Sra.Cerafogli a cargar con una tercera parte de sus propias costas correspondientes al procedimiento inicial sustanciado ante el Tribunal de la Función Pública en el marco del recurso interpuesto en el asunto F-43/10, al procedimiento de casación en el marco del asunto T-114/13P y al presente procedimiento de remisión en el marco del asunto T-483/16RENV.