(Asunto T-758/18 Sentencia del Tribunal General de 20 de enero de 2021 — ABLV Bank/JUR
Fecha: 20-Ene-2021
Sentencia del Tribunal General de 20 de enero de 2021 — ABLV Bank/JUR
(Asunto T-758/18)1
[«Unión económica y monetaria— Unión bancaria— Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR)— Fondo Único de Resolución (FUR)— Fijación de las aportaciones ex ante para 2015 y2018— Denegación de la solicitud de nuevo cálculo y de reembolso de las aportaciones— Recurso de anulación— Acto recurrible— Admisibilidad— Entidad cuya autorización ha sido revocada— Artículo 70, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º806/2014— Concepto de “cambio de condición”— Artículo 12, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2015/63»]
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: ABLV Bank AS (Riga, Letonia) (representante: O.Behrends, abogado)
Demandada: Junta Única de Resolución (representantes: J.Kerlin y P.Messina, agentes, asistidos por B.Meyring, S.Schelo, T.Klupsch y S.Ianc, abogados)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: D.Triantafyllou, A.Nijenhuis y A.Steiblytė, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación del escrito de la JUR de 17 de octubre de 2018 mediante el que esta desestimó la solicitud de la demandante dirigida, por una parte, a que se recalculase su aportación ex ante para 2018 y se le reembolsase la cantidad percibida en exceso y, por otra parte, a que se le reembolsase una parte de su aportación ex ante para 2015 a raíz de la revocación de su autorización por el Banco Central Europeo (BCE).
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar a ABLV Bank AS a cargar, además de con sus propias costas, con las de la Junta Única de Resolución (JUR).
La Comisión Europea cargará con sus propias costas.