(Asunto C-909/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 28 de octubre de 2021
Fecha: 28-Oct-2021
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 28 de octubre de 2021
(Asunto C-909/19)1
(Procedimiento prejudicial— Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores— Directiva 2003/88/CE— Ordenación del tiempo de trabajo— Artículo 2, puntos 1y2— Conceptos de «tiempo de trabajo» y «período de descanso»— Formación profesional obligatoria cursada a iniciativa del empresario)
Lengua de procedimiento: rumano
Órgano jurisdiccional remitente
Curtea de ApelIaşi
Partes en el procedimiento principal
Demandante:BX
Demandada: Unitatea Administrativ TeritorialăD.
Fallo
El artículo 2, punto 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, debe interpretarse en el sentido de que el período durante el cual un trabajador cursa una formación profesional que le impone su empresario y que se desarrolla fuera de su lugar habitual de trabajo, en los locales del proveedor de los servicios de formación, y durante el cual no ejerce sus funciones habituales constituye «tiempo de trabajo», en el sentido de dicha disposición.
1 DO C201 de 15.6.2020.