(Asunto T-551/20 Sentencia del Tribunal General )
Fecha: 24-Nov-2021
Sentencia del Tribunal General
(Asunto T-551/20)1
[«Marca de la Unión Europea— Procedimiento de oposición— Solicitud de marca denominativa de la Unión Riviva— Marca denominativa anterior de la Unión RIVELLA— Motivo de denegación relativo— Riesgo de confusión— Desestimación parcial de la solicitud de registro— Artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (CE) n.º207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letrab), del Reglamento (UE) 2017/1001]— Prueba del uso efectivo de la marca anterior— Artículo 42, apartado 2, del Reglamento n.º207/2009 [actualmente artículo 47, apartado 2, del Reglamento 2017/1001]»]
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Jeronimo Martins Polska S.A. (Kostrzyn, Polonia) (representante: R.Skubisz, abogado)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D.Gája, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Rivella International AG (Rothrist, Suiza) (representantes: S.Pietzcker y C.Spintig, abogados)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 1 de julio de 2020 (asunto R2420/2019-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Rivella International y Jeronimo Martins Polska.
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a Jeronimo Martins PolskaS.A.
1 DO C359 de 26.10.2020.