(Asunto C-658/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 25 de febrero de 2021 — Comisión Europea / Reino de España
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-658/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 25 de febrero de 2021 — Comisión Europea / Reino de España

Fecha: 25-Feb-2021

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 25 de febrero de 2021 — Comisión Europea / Reino de España

(Asunto C-658/19)1

[Incumplimiento de Estado— Artículo 258TFUE— Directiva (UE) 2016/680— Tratamiento de datos personales— Prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales— Falta de transposición y de comunicación de las medidas de transposición— Artículo 260TFUE, apartado3— Pretensión de condena al pago de una suma a tanto alzado y de una multa coercitiva]

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: D.Nardi, G.von Rintelen y S.Pardo Quintillán, agentes)

Demandada: Reino de España (representante: L.Aguilera Ruiz, agente)

Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: República de Polonia (representante: B.Majczyna, agente)

Fallo

Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 63 de la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos, y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo, al no haber adoptado, al término del plazo fijado en el dictamen motivado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva y al no haber comunicado, por tanto, esas disposiciones a la Comisión Europea.

Declarar que el Reino de España ha persistido en su incumplimiento al no haber adoptado, en el día del examen de los hechos por el Tribunal de Justicia, las medidas necesarias para transponer a su Derecho interno la Directiva 2016/680 ni haber comunicado, por tanto, a la Comisión Europea esas medidas.

Condenar al Reino de España, en el caso de que el incumplimiento declarado en el punto 1 del fallo persista en la fecha en que se dicte la presente sentencia, a pagar a la Comisión Europea, desde esa fecha y hasta que dicho Estado miembro haya puesto fin al incumplimiento declarado, una multa coercitiva diaria de 89000euros.

Condenar al Reino de España a abonar a la Comisión Europea una suma a tanto alzado de 15000000 de euros.

El Reino de España cargará, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea.

La República de Polonia cargará con sus propias costas.

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1 DO C357 de 21.10.2019.
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