(Asunto T-17/19 Sentencia del Tribunal General de 3 de febrero de 2021 — Moi/Parlamento
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-17/19 Sentencia del Tribunal General de 3 de febrero de 2021 — Moi/Parlamento

Fecha: 03-Feb-2021

Sentencia del Tribunal General de 3 de febrero de 2021 — Moi/Parlamento

(Asunto T-17/19)1

(«Derecho institucional— Parlamento— Acoso psicológico— Decisiones del presidente del Parlamento por las que se declara la existencia de una situación de acoso psicológico a dos asistentes parlamentarios acreditados y se impone a un diputado la sanción de pérdida del derecho a las dietas para gastos de estancia durante docedías— Artículos 11 y 166 del Reglamento interno del Parlamento— Recurso interno— Decisión de la Mesa del Parlamento por la que se confirma la sanción— Artículo 167 del Reglamento interno del Parlamento— Recurso de anulación— Plazo para recurrir— Admisibilidad— Derecho de defensa— Responsabilidad extracontractual»)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Giulia Moi (Italia) (representantes: M.Pisano y P.Setzu, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: T.Lazian, S.Seyr y M.Windisch, agentes)

Objeto

Por una parte, con carácter principal, una pretensión basada en el artículo 263TFUE por la que se solicita la anulación de diversos actos adoptados en el marco de un procedimiento declarativo y sancionatorio por acoso incoado contra la demandante y, con carácter subsidiario, una pretensión por la que se solicita la declaración del carácter excesivo o desproporcionado de la sanción que se le impuso y su sustitución por la prevista en el artículo 166, letraa), del Reglamento interno del Parlamento y, por otra parte, una pretensión basada en el artículo 268TFUE por la que se solicita que se condene al Parlamento al pago de una indemnización por daños y que se ordene al presidente del Parlamento que haga pública la información en una sesión plenaria del Parlamento.

Fallo

Anular la decisión del presidente del Parlamento Europeo de 2 de octubre de 2018, que califica como acoso psicológico el comportamiento de la Sra.Giulia Moi respecto de dos de sus asistentes parlamentarios acreditados; la decisión del presidente del Parlamento de 2 de octubre de 2018, por la que se impone a la Sra.Moi, en concepto de sanción por su comportamiento respecto de dos de sus asistentes parlamentarios, calificado como acoso psicológico, la pérdida del derecho a las dietas para gastos de estancia por un período de doce días, y la decisión de la Mesa del Parlamento de 12 de noviembre de 2018 en relación con la reclamación presentada por la Sra.Moi el 16 de octubre de 2018 de conformidad con el artículo 167 del Reglamento interno del Parlamento.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Condenar en costas al Parlamento.

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1 DO C93 de 11.3.2019.
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