(Asunto T-585/18 Sentencia del Tribunal General de 10 de febrero de 2021 — Şanli/Consejo
Fecha: 10-Feb-2021
Sentencia del Tribunal General de 10 de febrero de 2021 — Şanli/Consejo
(Asunto T-585/18)1
[«Política exterior y de seguridad común— Medidas restrictivas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo— Inmovilización de fondos— Lista de personas, grupos y entidades a los que se aplica la inmovilización de fondos y de recursos económicos— Mantenimiento del nombre del demandante en la lista— Recurso de anulación y de indemnización— Incumplimiento de los requisitos de forma— Artículo 76, letrad), del Reglamento de Procedimiento— Inadmisibilidad»]
Lengua de procedimiento: neerlandés
Partes
Demandante: Dalokay Şanli (Róterdam, Países Bajos) (representantes: D.Gürses y J.M.Langenberg, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: S.Van Overmeire y B.Driessen, agentes)
Objeto
Por una parte, una pretensión basada en el artículo 263TFUE, por la que se solicita la anulación de la Decisión (PESC) 2018/1084 del Consejo, de 30 de julio de 2018, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2018/475 (DO 2018, L194, p.144), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1071 del Consejo, de 30 de julio de 2018, por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/468 (DO 2018, L194, p.23), en aquello que afecta al demandante y, por otra parte, una pretensión basada en el artículo 268TFUE, por la que se solicita la indemnización del perjuicio que supuestamente se deriva de la ilegalidad de dichos actos.
Fallo
Declarar la inadmisibilidad del recurso.
Condenar en costas al Sr.Dalokay Şanli.